El Gobierno de Puerto Rico y su departamento de
Asuntos del Consumidor (DACO), cuenta con una reglamentación llamada,
Reglamento contra prácticas y anuncios engañosos. Este tiene como propósito proteger a los consumidores de
cualquier práctica que creen una apariencia falsa sobre un producto o servicio
ofrecidos en el comercio. El objetivo es establecer confianza y respeto entre
comerciantes y consumidores. Este reglamento le aplica a todo aquel que se
dedique de forma permanente o incidental a ofrecer un producto o servicio a
consumidores.
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Este reglamento define como anuncio engañoso, a todo
aquel que constituya o tienda fraude, engaño. Así como también a todo aquel que
comunique una idea falsa o incorrecta sobre un producto o servicio anunciado.
También se define como engañoso a todo anuncio que omita información relevante
al consumidor. Por otra parte también
define la práctica engañosa. De esta nos dice que es “cualquier acto, practica,
curso de conducta, mecanismo de persuasión, ofrecimiento, información o promesa
hecha, aparentemente hecha o sugerida, que fuere engañosa, falsa, fraudulenta o
que tienda al engaño, o se tergiversa o puedan malinterpretarse los verdaderos
hechos de las cosas”.
Además de estas definiciones, nos provee muchas
definiciones más de los términos que se utilizan para explicar el reglamento.
El reglamento da información de lo que puedes calificar como práctica y anuncio
engañoso, así como también ofrece las formas en las cuales deben hacerse los
anuncios, la manera de divulgación de datos relevantes, como deben ser las
representaciones visuales, los anuncios de los precios y sus comparaciones,
etc. Este reglamento debe ir de la mano de todo profesional de publicidad en
Puerto Rico, ya que ese es su guía de trabajo para hacer de la publicidad una
correcta y efectiva.
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